martes, 19 de septiembre de 2017

José Guerra: La cesta de monedas

Por Jose Guerra 
10/09/2017

El gobierno anunció que ya no va a seguir utilizando el dólar como moneda para sus principales transacciones de la economía y tiene la intención de emplear el yuan de China y la rupia de India para el comercio exterior. Igualmente expresó que suspende las subastas el Dicom hasta que la empresas abran sus cuentas en yuanes y rupias. La causa no es esa, sino que se agotaron los dólares y no tiene que ofertar.

Esa decisión lejos de ayudar  va a complicar las cosas. En primer lugar, el principal comprador de petróleo en Venezuela es Estados Unidos quien lo paga en dólares y el petróleo no está incluido entre las sanciones que aplicó la administración de Trump. Por otra parte,  es altamente complicado fijar la cotización del bolívar respecto al yuan o la rupia, porque no hay suficientes transacciones con esos países y además porque esas monedas no son aceptadas en la mayoría de los países. No va ser fácil encontrar bancos corresponsales para realizar esas operaciones con dos monedas que todavía no se utilizan como monedas de reserva. Un caso sencillo ayuda a explicar la situación planteada. Suponga a una persona que importe un producto de Ecuador que es un país dolarizado y le asignan yuanes. En Ecuador no le van a recibir esos yuanes y necesariamente va a tener que convertirlos en dólares o euros y pagar las comisiones bancarias con lo cual se le encarecen los costos de operación. Si es a una persona natural a quienes le asignan las rupias o los yuanes, en ningún país de América o Europa le aceptaran esas monedas, con lo cual en los hechos se les impedirá viajar
El yuan no es una divisa totalmente convertible porque los mismos chinos no lo han querido para con ello tratar de evitar que su economía esté expuesta a las fluctuaciones cambiarias típicas de los mercados de monedas. Si Venezuela recibe en pago yuanes ppr las exportaciones de petróleo destinadas a China, va a quedar a atrapada y solamente podrá comprar productos hechos en China porque en muy pocos países aceptan al yuan. De esta manera, la situación económica y de abastecimiento lejos de aliviarse puede complicarse todavía más.
Adicionalmente, al suspenderse las subastas de Dicom, con todas sus deficiencias y por tanto restringirse la entrega de divisas, el dólar se hará más escaso con lo cual su precio va a seguir aumentado. En consecuencia, esa medida del gobierno pareciera que no fue pensada adecuadamente porque sus efectos van a ser contrarios a los objetivos que se han planteado.

Tomado de la Patilla.com

jueves, 17 de noviembre de 2016

Soitave promueve valor razonable de inmuebles


El Impulso.com Nov. 16 de 2016


El  martes 22 de Noviembre de 2016 se dictará este seminario

En tiempos de crisis todas las estructuras sociales se ven debilitadas. Ningún área, ni ningún escenario político, social, jurídico o económico se ven ajenos a esta realidad. Por tal motivo, y con el fin de reflexionar sobre los conceptos, criterios, aspectos y acciones que debe desarrollar el profesional inmobiliario en tiempos de inseguridad jurídica y alta distorsión económica, la Sociedad de Ingeniería de Tasación de Venezuela (Soitave) desarrollará el taller: Valor razonable de un inmueble en escenarios de alta incertidumbre económica y jurídica.
La actividad, tal y como informaron los ingenieros Ana Díaz (presidenta de Soitave Lara), Víctor Alvarado (tesorero de Soitave Lara) y el arquitecto Dany Barrera (vicepresidente de Soitave Lara), estará dirigido a profesionales y asesores inmobiliarios, abogados, apoderados, administradores, contadores, representantes y propietarios que deseen comprender y profundizar sobre valoración de inmuebles y comportamientos del mercado inmobiliario en tiempos de alta incertidumbre económica y jurídica.

Así mismo -continúo Díaz- el taller será impartido por el ingeniero civil Arturo Facchin Olavarría, quien posee 29 años de experiencia en el área de proyectos e inspecciones de obras civiles, 16 años en el área de tasación e investigación inmobiliaria y tiene en su haber una larga trayectoria como ponente en simposios, congresos y talleres, lo que le acredita como un facilitador de altura y hará del taller una experiencia realmente significativa en términos académicos y profesionales, sentenció.
Ahora bien, con relación a la línea temática que se seguirá en este taller, Alvarado reiteró que tendrá un poco de antecedentes históricos sobre las premisas de valoración, se hablará de distorsiones macroeconómicas actuales, fases y ciclos inmobiliarios, fuentes de información disponible, reflexiones sobre el valor razonable de un inmueble, entre otros tópicos que abarcarán.

Es importante destacar que el taller será debidamente certificado por el Colegio de Ingenieros y la Sociedad Ingeniería de Tasación de Venezuela.

miércoles, 16 de marzo de 2016

Gaceta 40.865: Banca destinará 20% de la cartera obligatoria para financiar vivienda principal

 Tomado de http://www.finanzasdigital.com

En Gaceta Oficial N° 40.865 de fecha 9 de marzo de 2016, fue publicado el Decreto Nº 2.264 de la Presidencia de la República, mediante el cual se establece que la cartera de crédito bruta anual, que con carácter obligatorio deben colocar con recursos propios las instituciones del sector bancario, se destinará un veinte por ciento (20%) a la concesión de nuevos créditos hipotecarios para la construcción, adquisición y autoconstrucción, mejoras y ampliación de vivienda principal.
DECRETO
Artículo 1°. De la cartera de crédito bruta anual, que con carácter obligatorio deben colocar con recursos propios las instituciones del sector bancario, se destinará un veinte por ciento (20%) a la concesión de nuevos créditos hipotecarios para la construcción, adquisición y autoconstrucción, mejoras y ampliación de vivienda principal.
Artículo 2°. El porcentaje a que se refiere el articulo anterior, se distribuirá por las instituciones del sector bancario, atendiendo a los siguientes parámetros y a la Resolución que al efecto dicte el Ministerio del Poder Popular con competencia en materia de Hábitat y Vivienda:
  1. Sesenta por ciento (60%), destinado a créditos hipotecarios para la construcción de vivienda principal.
  2. Treinta y ocho por ciento (38%), destinado a créditos hipotecarios para la adquisición de vivienda principal.
  3. Dos por ciento (2%) destinado a créditos hipotecarios para autoconstrucción, mejoras y ampliación de vivienda principal.
Artículo 3°. Las instituciones del sector bancario deben cumplir con la distribución del porcentaje establecido en el numeral 1 del artículo anterior, en los términos que establezca el Ministerio del Poder Popular con competencia en materia de Hábitat y Vivienda, atendiendo a las siguientes consideraciones:
  1. Setenta y cinco por ciento (75%), destinado a la construcción de viviendas que será aplicado por el Órgano Superior del Sistema Nacional de Vivienda y Hábitat a través del Fondo Simón Bolívar para la Reconstrucción.
  2. Veinticinco por ciento (25%), destinado a créditos a corto plazo para la construcción de viviendas bajo parámetros especiales de superficie de construcción, precio, tipología unifamiliar, tetrafamiliar o multifamiliar y otras condiciones que fije el Ministerio.
Artículo 4°. El porcentaje a que se refiere este Decreto destinado al otorgamiento de créditos para adquisición de vivienda principal deberá atender a grupos familiares con ingresos mensuales entre tres (3) y veinte (20) salarios mínimos. Igualmente, dentro de este porcentaje deberán garantizar el financiamiento de adquisición de las viviendas que se construyan con esta fuente de recursos.
Artículo 5°. En ejecución de este Decreto, se declara prioridad la protección de las familias venezolanas en mayor situación de vulnerabilidad y a la clase media trabajadora, por lo cual las Instituciones del Sector Bancario deberán tramitar con especial atención las solicitudes crediticias para la adquisición de viviendas de éstos.
Artículo 6°. El Ministerio del Poder Popular con competencia en materia de vivienda y hábitat queda encargado de la ejecución de este Decreto.
Artículo 7°. Este Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela.

viernes, 29 de mayo de 2015

Caída del 25% del mercado inmobiliario en el primer trimestre de 2015 en Venezuela


Habló de la dificultades en el acceso al crédito y destacó la importancia de evaluar la información sobre el comportamiento del mercado secundario


En el foro Perspectivas económicas 2015: una visión para el mercado Inmobiliario" realizado en el Zulia, el presidente de la cámara inmobiliaria Martini Pietri hizo un análisis del mercado inmobiliario actual planteó que hubo una caida de un 25% en el primer trimestre de 2015.




imagen cámara inmobiliaria

Destacó que se debe ampliar el acceso a la cartera de créditos para que sea accesible a más personas. 

También se refirió a la importancia que se salvaguarde el valor de los inmuebles a través de la garantía de la seguridad ciudadana y también de la necesidad de monitoriar el comportamiento del mercado inmobiliario a través del acceso a los referenciales en Registros Inmobiliarios. 


Respecto al tema de la Ley de Arrendamiento Comercial se debe establecer la metodología para la determinación del costo de reposición de la edificación.

Sobre el mercado de arrendamiento explico que se debe llegar a acuerdos que consideren los derechos de propietarios e inquilinos en la fijación del valor y que se estableciera este sin la necesidad de que el gobierno intervenga. Tambien que se debe desarrollar el mercado de vivienda para alquiler para quienes no puedan adquirirla.


viernes, 13 de febrero de 2015

Entrevista al explorador Charles Brewer Carías

http://www1.unionradio.net/exitosfm/visornota.aspx?id=18200

El Nuevo Libro de Charles Brewer Carías, "Desnudo en la selva", trata de lo que debe conocer una persona para sobrevivir en la selva. ¿ Cómo actuariamos si estuvieramos en el hábitat de un aborigen?

¿Cómo han sobrevivido desnudos, sin necesidad de protegerse, viviendo muchos de la recolección.?

¿Cómo emplean su conocimiento para construir sus casas?

En fin como logran el conocimiento necesario al variar las condiciones del entorno

lunes, 10 de noviembre de 2014

Lara es un mercado distorsionado en materia inmobiliaria

Tomado de El Impulso
Escrito por Rosmir Sivira Foto: Anner Herrera
Noviembre 07, 2014
La temática legal marca con incertidumbre al sector inmobiliario. Tal apreciación fue compartida la mañana de ayer durante el foro Actualidad legal en el sector inmobiliario, celebrado en el Colegio de Abogados de Barquisimeto y organizado por la Cámara Inmobiliaria de Venezuela.
La actividad contó con la participación de los especialistas en Derecho Inmobiliario, Oswaldo Ablan y Teresa Borges, además de la disertación del presidente del ente organizador Aquiles Martini, quien trató sobre las proyecciones del sector inmobiliario en el contexto actual.
Al respecto, refirió que el gremio se enfrenta a vacíos legales que generan desconfianza en el sector y por tanto desinversión. Entre estos mencionó la falta de reglamentación para la aplicación de la Ley de Arrendamiento para locales comerciales.
En este sentido, Martini acotó que para la recuperación del sector se requiere de tierras urbanizadas, materia prima, financiación y leyes que sean estimulantes al mercado.
Sobre la situación inmobiliaria en Lara agregó que se aprecia un mercado distorsionado, con muy baja oferta, que incluso ¡ncumple con lo establecido en la ley. Distorsión causada por los mismos índices inflacionarios y que se hace presente por un modelo económico que "lamentablemente” no ha sido el más exitoso.

Los errores en ley

Sobre los aspectos legales del mercado de arrendamiento expuso Oswaldo Ablan, corredactor de la ley de 1999, que ya no se encuentra en vigencia.
Al realizar una comparación entre ambos textos apuntó que la vigente sostiene fallas grave en el planteamiento del procedimiento judicial, ya que toma el método oral, que conlleva a que los días de despacho sean 202, lo cual haría que la resolución tarde hasta dos años.
Destacó que en la ley del año 1999 se establecía un procedimiento breve que, de agotarse todas las instancia, podía tomar seis meses de despacho.
Agregó que los conflictos en materia de arrendamiento inmobiliario no son complejos, ya que en su mayoría tratan de falta de pago, subarrendación sin autorización o cambio en el uso del inmueble.
A esto suma que en la ley se establecen numerosas intervenciones de la Superintendencia Nacional para la Defensa de los Derechos Socioeconómicos (Sundee), lo cual genera un procedimiento administrativo que debe consustanciarse, tramitarse y decidirse, lo que también es susceptible de impugnación, para pasar a los tribunales contenciosos administrativos y demorar aún más el proceso, por condiciones prejudiciales.
Al consultarle si cree que la Sundee está en capacidad de atender este tipo de casos, respondió que la amplias competencia del organismo sólo le permiten atender lo prioritario, como alimentos y medicinas, sin entonces controlar asignaciones como el mercado inmobiliario.
"Requeriría de una gran estructura. En materia de arrendamiento y uso comerciales, crearon la Unidad Responsable de la Supervisión y manejo de esta, pero se trata de una dependencia conformada por tres personas”, comentó Ablan, quien desconfía que puedan dar atención oportuna a este gremio.