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lunes, 1 de julio de 2013
Invitación XIV Congreso Venezolano de Valuación y Catastro
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jueves, 27 de diciembre de 2012
El Estado amplió el control en el mercado inmobiliario
MAYELA ARMAS H.
jueves 27 de diciembre de 2012 12:00 AM
En 2012 arrancó la aplicación de la Ley de Arrendamientos de Vivienda y la Ley contra la Estafa Inmobiliaria que permiten al Estado tener un mayor control en el mercado de alquileres así como en la construcción de viviendas nuevas.
En manos del Gobierno está la fijación de los cánones de arrendamiento y del precio de venta de las casas alquiladas, además de la revisión de los proyectos del sector privado. A lo que se añade el dominio en la producción y distribución de los insumos del sector.
Los alquileres
A fines de 2011 entró en vigencia la Ley de Alquileres, pero fue en noviembre de este año cuando comenzó a regir el marco legal, luego de que el Ministerio de la Vivienda publicara las normas complementarias.
Ahora el Gobierno ya puede revisar los contratos y fijar los cánones de arrendamientos. Para el cálculo se toman en cuenta cinco aspectos: el precio del metro cuadrado, las dimensiones del inmueble, la vulnerabilidad sísmica, la depreciación y la región geográfica.
Para el Ejecutivo Nacional el precio del metro cuadrado más alto de las viviendas alquiladas es 8.430 bolívares, parámetro similar al establecido a las casas de la Gran Misión Vivienda.
Ese valor no sólo se utilizará para estimar la renta que deben pagar los inquilinos, sino también para el proceso de venta de las unidades arrendadas.
De acuerdo al instrumento jurídico, el costo del metro cuadrado será la referencia para la negociación que tienen que realizar los propietarios con los inquilinos que habitan en los inmuebles que tienen más de 20 años destinados al alquiler. Dicho procedimiento es gestionado por la Superintendencia Nacional de Arrendamientos.
Los representantes del sector inmobiliario han señalado que con las regulaciones previas, el mercado de alquileres se había reducido y con la nueva Ley las operaciones han bajado más.
El pasado mes de noviembre la Cámara Metropolitana Inmobiliaria presentó un estudio en el que notificó que desde el 2002 hasta el primer semestre de este 2012 la oferta de inmuebles en alquiler en la Gran Caracas se redujo en 73%.
Construcción
Las restricciones también se han extendido a la construcción de las viviendas nuevas.
En abril de este año entró en vigencia la Ley contra la Estafa Inmobiliaria que obliga a las empresas a cumplir con más requisitos para el arranque de los desarrollos habitacionales.
Las constructoras al iniciar las obras, más allá de los permisos municipales y ambientales, tienen que pasar previamente por el Ministerio de la Vivienda, que se encargará de calificar las unidades. Sin el aval del despacho, las empresas no pueden solicitar los créditos de la gaveta hipotecaria.
Adicionalmente, las constructoras tienen que terminar las viviendas en un plazo de 24 meses y si hay retrasos tienen que indemnizar a los compradores por cada día de retardo. A la par, las empresas deben constituir una fianza.
Si las constructoras deciden ir por la vía de la cartera hipotecaria, las unidades las tienen que ofertar a un precio máximo de 500.000 bolívares.
Representantes del sector construcción apuntan que son pocas las empresas que están presentando obras nuevas por los requisitos fijados, y por esa situación, la banca ya enfrenta problemas para cumplir con la gaveta para proyectos.
En manos del Gobierno está la fijación de los cánones de arrendamiento y del precio de venta de las casas alquiladas, además de la revisión de los proyectos del sector privado. A lo que se añade el dominio en la producción y distribución de los insumos del sector.
Los alquileres
A fines de 2011 entró en vigencia la Ley de Alquileres, pero fue en noviembre de este año cuando comenzó a regir el marco legal, luego de que el Ministerio de la Vivienda publicara las normas complementarias.
Ahora el Gobierno ya puede revisar los contratos y fijar los cánones de arrendamientos. Para el cálculo se toman en cuenta cinco aspectos: el precio del metro cuadrado, las dimensiones del inmueble, la vulnerabilidad sísmica, la depreciación y la región geográfica.
Para el Ejecutivo Nacional el precio del metro cuadrado más alto de las viviendas alquiladas es 8.430 bolívares, parámetro similar al establecido a las casas de la Gran Misión Vivienda.
Ese valor no sólo se utilizará para estimar la renta que deben pagar los inquilinos, sino también para el proceso de venta de las unidades arrendadas.
De acuerdo al instrumento jurídico, el costo del metro cuadrado será la referencia para la negociación que tienen que realizar los propietarios con los inquilinos que habitan en los inmuebles que tienen más de 20 años destinados al alquiler. Dicho procedimiento es gestionado por la Superintendencia Nacional de Arrendamientos.
Los representantes del sector inmobiliario han señalado que con las regulaciones previas, el mercado de alquileres se había reducido y con la nueva Ley las operaciones han bajado más.
El pasado mes de noviembre la Cámara Metropolitana Inmobiliaria presentó un estudio en el que notificó que desde el 2002 hasta el primer semestre de este 2012 la oferta de inmuebles en alquiler en la Gran Caracas se redujo en 73%.
Construcción
Las restricciones también se han extendido a la construcción de las viviendas nuevas.
En abril de este año entró en vigencia la Ley contra la Estafa Inmobiliaria que obliga a las empresas a cumplir con más requisitos para el arranque de los desarrollos habitacionales.
Las constructoras al iniciar las obras, más allá de los permisos municipales y ambientales, tienen que pasar previamente por el Ministerio de la Vivienda, que se encargará de calificar las unidades. Sin el aval del despacho, las empresas no pueden solicitar los créditos de la gaveta hipotecaria.
Adicionalmente, las constructoras tienen que terminar las viviendas en un plazo de 24 meses y si hay retrasos tienen que indemnizar a los compradores por cada día de retardo. A la par, las empresas deben constituir una fianza.
Si las constructoras deciden ir por la vía de la cartera hipotecaria, las unidades las tienen que ofertar a un precio máximo de 500.000 bolívares.
Representantes del sector construcción apuntan que son pocas las empresas que están presentando obras nuevas por los requisitos fijados, y por esa situación, la banca ya enfrenta problemas para cumplir con la gaveta para proyectos.
Tomado de EL UNIVERSAL
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jueves, 29 de noviembre de 2012
Calculo del Alquiler de vivienda de 100 mts en Chacao. Se ubica en Bs 2.500
El cálculo para el valor actual de este inmueble sería de 617 mil bolívares
ENDER MARCANO | EL UNIVERSAL
miércoles 28 de noviembre de 2012 12:00 AM
La Superintendencia Nacional de Arrendamiento (Sunavi) ya ha comenzado con la formación de los inspectores que, de acuerdo al método estipulado por el Ministerio para la Vivienda y Hábitat, determinarán el valor de los alquileres. Dicha metodología podría arrojar que el costo máximo de una mensualidad para un apartamento de 100 metros cuadrados en el Municipio Chacao de Caracas sea de 2.570 bolívares.
Para llegar a dicho canon de arrendamiento son varios los puntos que se deben atravesar. Dicho proceso comienza por la inspección del personal de la Sunavi. Este será el encargado de llenar la planilla elaborada por el Ministerio en la cual se tomarán en cuenta aspectos de la estructura del inmueble como paredes, acabados, servicios, áreas comunes, por citar algunos, dichos datos arrojarán un puntaje que será parte de la fórmula para calcular el valor del alquiler.
En total la planilla abarca 281 elementos a evaluar divididos en tres grandes áreas: datos generales, descripción de materiales y equipos, así como descripción de características predominantes. La calificación máxima que arrojará la planilla es de más de 444 puntos para apartamentos y 473 puntos para las casas, de acuerdo a la información del Ministerio para la Vivienda.
Fórmula para el alquiler
Una vez lista la planilla ya se cuenta con todos los datos necesarios para determinar el valor de construcción de todo el inmueble donde se encuentra la vivienda alquilada. Para llegar a dicho precio se debe emplear el valor de reposición (costo actual del metro cuadrado) estipulado por el Ministerio, publicado el 20 de noviembre en Gaceta Oficial, el cual se cruzará con el puntaje de la evaluación.
Un ejemplo presentado por la Sunavi en su formación de inspectores toma como referencia un apartamento de 100 metros cuadrados en Los Palos Grandes (Chacao- Caracas), con 20 años de construcción y que obtuvo un puntaje de 395 en la inspección. En ese caso el costo del metro cuadrado de construcción es de 7.150 bolívares, por tratarse de un edificio de más de 20 pisos, según el Ministerio.
Con ese valor del metro cuadrado se calcula el precio total del edificio (incluyendo áreas comunes). Posteriormente, ese total en bolívares (en este caso 58 millones 272 mil bolívares) se divide entre el área vendible del edificio, donde se excluyen las áreas comunes. De esa operación resulta el valor de reposición actual del metro cuadrado del apartamento.
En el ejemplo dado por la Sunavi el metro cuadrado de la vivienda arrojado es de 8.991 bolívares, lo cual al multiplicarse por los 100 metros cuadrados del apartamento en cuestión se obtiene un costo de 899 mil bolívares como el valor actual de la vivienda.
Con ese monto aún no se puede determinar el canon de arrendamiento. Al valor actual de la vivienda se deben incorporar tres factores, que en su mayoría restan a la ecuación y están estipulados en el Reglamento de la Ley de Arrendamientos.
El primero de ellos es el coeficiente de depreciación del inmueble. Este no sólo toma en cuenta los años de construido sino que suma la condición en la que se encuentra la vivienda, que puede ir desde excelente hasta irrecuperable.
Luego está el coeficiente de vulnerabilidad sísmica, donde el único factor relevante es la edad de la edificación. Y finalmente se suma a la fórmula la variación por ubicación geográfica, que coloca a Anzoátegui, Monagas y Sucre como los únicos estados que suman al valor de la vivienda.
Una vez incluidos estos tres elementos junto al valor de reposición de la vivienda se obtiene el Valor Actual del Inmueble. Volviendo al ejemplo presentado por la Sunavi el costo ahora cae a 617 mil bolívares.
Con ese precio sí se determina el canon de arrendamiento, pues a ese monto se aplica una rentabilidad anual de 5%, por tratarse de un pequeño arrendador. Es decir, sobre dicho inmueble se pueden ganar Bs 30.850 por año, cantidad que al dividirse entre 12 arroja una mensualidad de 2.570 bolívares por el alquiler de una vivienda con 20 años de construcción, en buenas condiciones y ubicada en Los Palos Grandes.
enmarcano@eluniversal
Para llegar a dicho canon de arrendamiento son varios los puntos que se deben atravesar. Dicho proceso comienza por la inspección del personal de la Sunavi. Este será el encargado de llenar la planilla elaborada por el Ministerio en la cual se tomarán en cuenta aspectos de la estructura del inmueble como paredes, acabados, servicios, áreas comunes, por citar algunos, dichos datos arrojarán un puntaje que será parte de la fórmula para calcular el valor del alquiler.
En total la planilla abarca 281 elementos a evaluar divididos en tres grandes áreas: datos generales, descripción de materiales y equipos, así como descripción de características predominantes. La calificación máxima que arrojará la planilla es de más de 444 puntos para apartamentos y 473 puntos para las casas, de acuerdo a la información del Ministerio para la Vivienda.
Fórmula para el alquiler
Una vez lista la planilla ya se cuenta con todos los datos necesarios para determinar el valor de construcción de todo el inmueble donde se encuentra la vivienda alquilada. Para llegar a dicho precio se debe emplear el valor de reposición (costo actual del metro cuadrado) estipulado por el Ministerio, publicado el 20 de noviembre en Gaceta Oficial, el cual se cruzará con el puntaje de la evaluación.
Un ejemplo presentado por la Sunavi en su formación de inspectores toma como referencia un apartamento de 100 metros cuadrados en Los Palos Grandes (Chacao- Caracas), con 20 años de construcción y que obtuvo un puntaje de 395 en la inspección. En ese caso el costo del metro cuadrado de construcción es de 7.150 bolívares, por tratarse de un edificio de más de 20 pisos, según el Ministerio.
Con ese valor del metro cuadrado se calcula el precio total del edificio (incluyendo áreas comunes). Posteriormente, ese total en bolívares (en este caso 58 millones 272 mil bolívares) se divide entre el área vendible del edificio, donde se excluyen las áreas comunes. De esa operación resulta el valor de reposición actual del metro cuadrado del apartamento.
En el ejemplo dado por la Sunavi el metro cuadrado de la vivienda arrojado es de 8.991 bolívares, lo cual al multiplicarse por los 100 metros cuadrados del apartamento en cuestión se obtiene un costo de 899 mil bolívares como el valor actual de la vivienda.
Con ese monto aún no se puede determinar el canon de arrendamiento. Al valor actual de la vivienda se deben incorporar tres factores, que en su mayoría restan a la ecuación y están estipulados en el Reglamento de la Ley de Arrendamientos.
El primero de ellos es el coeficiente de depreciación del inmueble. Este no sólo toma en cuenta los años de construido sino que suma la condición en la que se encuentra la vivienda, que puede ir desde excelente hasta irrecuperable.
Luego está el coeficiente de vulnerabilidad sísmica, donde el único factor relevante es la edad de la edificación. Y finalmente se suma a la fórmula la variación por ubicación geográfica, que coloca a Anzoátegui, Monagas y Sucre como los únicos estados que suman al valor de la vivienda.
Una vez incluidos estos tres elementos junto al valor de reposición de la vivienda se obtiene el Valor Actual del Inmueble. Volviendo al ejemplo presentado por la Sunavi el costo ahora cae a 617 mil bolívares.
Con ese precio sí se determina el canon de arrendamiento, pues a ese monto se aplica una rentabilidad anual de 5%, por tratarse de un pequeño arrendador. Es decir, sobre dicho inmueble se pueden ganar Bs 30.850 por año, cantidad que al dividirse entre 12 arroja una mensualidad de 2.570 bolívares por el alquiler de una vivienda con 20 años de construcción, en buenas condiciones y ubicada en Los Palos Grandes.
enmarcano@eluniversal
jueves, 22 de noviembre de 2012
Entre Bs. 1860 y 8.430 fijan valor del metro cuadrado de viviendas en alquiler
MAYELA ARMAS H. | EL UNIVERSAL
jueves 22 de noviembre de 2012 12:00 AM
El Ministerio de la Vivienda publicó los precios del metro cuadrado de los inmuebles que tendrán como fin la determinación de los cánones de arrendamiento de viviendas y ser la referencia en la venta de los apartamentos alquilados.
La Gaceta Oficial No.40.054 del 20 de noviembre detalla los valores de reposición (metro cuadrado) de las viviendas multifamiliares (edificios) y unifamiliares (casas) y, adicionalmente, presenta el formato mediante el cual la Superintendencia de Arrendamientos ponderará estas unidades para definir los costos y luego la renta a cobrar a los inquilinos.
De acuerdo a los tabuladores, los precios del metro cuadrado de las viviendas mulfamiliares será mínimo de 3.380 bolívares y máximo de 8.430 bolívares. En las viviendas unifamiliares la escala oscilará entre 1.860 y 7.050 bolívares.
Hace tres semanas el ministro de la Vivienda, Ricardo Molina, destacó que "el criterio que se maneja para la valoración de los inmuebles es socialista, pues la vivienda no es una mercancía sino un elemento primordial para la satisfacción de un derecho humano".
Retraso
Si bien la Ley de Arrendamientos de Vivienda tiene un año de vigencia, su aplicación ha sido lenta por la mora del Ministerio de la Vivienda con la recién publicada metodología.
Tras la vigencia de la Ley, se ordenó a la Superintendencia de Arrendamientos organizar en un lapso de tres meses el registro de contratos de alquiler, a fin de proceder a la evaluación de los acuerdos firmados entre inquilinos y propietarios. Ese registro arrancó cinco meses después de la promulgación, y aunque algunos dueños y arrendatarios consignaron los contratos, las revisiones no se habían materializado por los aspectos pendientes.
Según el marco legal, para fijar el alquiler se tienen que tomar cuenta cinco aspectos: valor de reposición, dimensión del inmueble, valor de depreciación, vulnerabilidad sísmica y región geográfica.
De todos esos parámetros, cuatro fueron incluidos en el reglamento de la Ley y se le asignó al Ministerio de la Vivienda la determinación de los valores de reposición, los cuales fueron publicados este 20 de noviembre de 2012. De manera que a partir de esta semana, el organismo supervisor ya debería comenzar a calcular las rentas.
Procedimiento
La resolución publicada ayer señala que para decidir el precio del metro cuadrado de cada vivienda previamente se realizará una inspección de la unidad habitacional, donde se revisarán aspectos constructivos, como paredes, techo, piso, instalaciones sanitarias y eléctricas, instalaciones mecánicas, agua potable, puertas y cualquier otro detalle.
Adicionalmente se tomará en cuenta si la edificación tiene ascensor y sótano, además de la cantidad de pisos.
Para establecer el precio del metro cuadrado, según las tablas publicadas, se creó un formato especial que contempla una escala de puntos para cada estructura e instalación.
Si luego de las inspecciones, los funcionarios determinan que el inmueble tiene una calificación inferior a 57 puntos se le establece el precio más bajo del metro cuadrado. Si se pondera con más de 444 puntos la referencia será el valor de reposición más alto.
El presidente de la Asociación de Propietarios de Inmuebles Urbanos (Apiur), Roberto Orta, señala que "el valor de reposición va dentro de una fórmula, de manera que al final ese precio se afecta. Puede bajar cuando se estime la depreciación del inmueble. Al final se termina castigando".
De hecho, al valor de reposición hay que añadirle la depreciación del bien que varía según los años de la vivienda; la vulnerabilidad sísmica, que está sujeta al tiempo de construcción del inmueble, y la región geográfica, que según el reglamento, considera al Distrito Capital y al oriente del país como las zonas más costosas.
Roberto Orta considera que esa fórmula contemplada en la Ley de Arrendamientos de Vivienda excluye aspectos como los costos de los terrenos, ubicación y accesorios.
De acuerdo a la resolución, la escala de valores de reposición estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2013, de manera que en 2014 será revisada.
La Gaceta Oficial No.40.054 del 20 de noviembre detalla los valores de reposición (metro cuadrado) de las viviendas multifamiliares (edificios) y unifamiliares (casas) y, adicionalmente, presenta el formato mediante el cual la Superintendencia de Arrendamientos ponderará estas unidades para definir los costos y luego la renta a cobrar a los inquilinos.
De acuerdo a los tabuladores, los precios del metro cuadrado de las viviendas mulfamiliares será mínimo de 3.380 bolívares y máximo de 8.430 bolívares. En las viviendas unifamiliares la escala oscilará entre 1.860 y 7.050 bolívares.
Hace tres semanas el ministro de la Vivienda, Ricardo Molina, destacó que "el criterio que se maneja para la valoración de los inmuebles es socialista, pues la vivienda no es una mercancía sino un elemento primordial para la satisfacción de un derecho humano".
Retraso
Si bien la Ley de Arrendamientos de Vivienda tiene un año de vigencia, su aplicación ha sido lenta por la mora del Ministerio de la Vivienda con la recién publicada metodología.
Tras la vigencia de la Ley, se ordenó a la Superintendencia de Arrendamientos organizar en un lapso de tres meses el registro de contratos de alquiler, a fin de proceder a la evaluación de los acuerdos firmados entre inquilinos y propietarios. Ese registro arrancó cinco meses después de la promulgación, y aunque algunos dueños y arrendatarios consignaron los contratos, las revisiones no se habían materializado por los aspectos pendientes.
Según el marco legal, para fijar el alquiler se tienen que tomar cuenta cinco aspectos: valor de reposición, dimensión del inmueble, valor de depreciación, vulnerabilidad sísmica y región geográfica.
De todos esos parámetros, cuatro fueron incluidos en el reglamento de la Ley y se le asignó al Ministerio de la Vivienda la determinación de los valores de reposición, los cuales fueron publicados este 20 de noviembre de 2012. De manera que a partir de esta semana, el organismo supervisor ya debería comenzar a calcular las rentas.
Procedimiento
La resolución publicada ayer señala que para decidir el precio del metro cuadrado de cada vivienda previamente se realizará una inspección de la unidad habitacional, donde se revisarán aspectos constructivos, como paredes, techo, piso, instalaciones sanitarias y eléctricas, instalaciones mecánicas, agua potable, puertas y cualquier otro detalle.
Adicionalmente se tomará en cuenta si la edificación tiene ascensor y sótano, además de la cantidad de pisos.
Para establecer el precio del metro cuadrado, según las tablas publicadas, se creó un formato especial que contempla una escala de puntos para cada estructura e instalación.
Si luego de las inspecciones, los funcionarios determinan que el inmueble tiene una calificación inferior a 57 puntos se le establece el precio más bajo del metro cuadrado. Si se pondera con más de 444 puntos la referencia será el valor de reposición más alto.
El presidente de la Asociación de Propietarios de Inmuebles Urbanos (Apiur), Roberto Orta, señala que "el valor de reposición va dentro de una fórmula, de manera que al final ese precio se afecta. Puede bajar cuando se estime la depreciación del inmueble. Al final se termina castigando".
De hecho, al valor de reposición hay que añadirle la depreciación del bien que varía según los años de la vivienda; la vulnerabilidad sísmica, que está sujeta al tiempo de construcción del inmueble, y la región geográfica, que según el reglamento, considera al Distrito Capital y al oriente del país como las zonas más costosas.
Roberto Orta considera que esa fórmula contemplada en la Ley de Arrendamientos de Vivienda excluye aspectos como los costos de los terrenos, ubicación y accesorios.
De acuerdo a la resolución, la escala de valores de reposición estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2013, de manera que en 2014 será revisada.
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martes, 2 de octubre de 2012
Siguen en suspenso pagos de alquileres en tribunales
En noviembre vence el plazo para que los propietarios retiren las consignaciones
EL UNIVERSAL
martes 2 de octubre de 2012 12:00 AM
El presidente de la Cámara Inmobiliaria de Venezuela (CIV), Aquiles Martini, señaló que los pagos de alquileres en los tribunales (consignaciones) continúan sin materializarse, porque se mantiene la intervención a esas instancias.
Añadió que desde el mes de marzo los tribunales no funcionan y los inquilinos no pueden realizar los depósitos. A ello se suma, que los propietarios tampoco pueden disponer de esas consignaciones, y más cuando la Ley de Arrendamientos Inmobiliarios fija un plazo para el retiro de los recursos.
Según el texto, los dueños de los apartamentos en alquiler tienen hasta noviembre para utilizar las consignaciones y si no lo hacen, el dinero pasará a un fondo especial que manejará la Superintendencia Nacional de Arrendamientos.
Martini comentó que todavía hay retrasos con los cálculos de los cánones, porque los valores de reposición de los inmuebles no han sido notificados por el Ministerio de la Vivienda.
El presidente de la organización, señaló que la construcción de viviendas nuevas por parte del sector privado sigue en descenso, pues cada vez son menos los permisos que se están tramitando. MAH
Añadió que desde el mes de marzo los tribunales no funcionan y los inquilinos no pueden realizar los depósitos. A ello se suma, que los propietarios tampoco pueden disponer de esas consignaciones, y más cuando la Ley de Arrendamientos Inmobiliarios fija un plazo para el retiro de los recursos.
Según el texto, los dueños de los apartamentos en alquiler tienen hasta noviembre para utilizar las consignaciones y si no lo hacen, el dinero pasará a un fondo especial que manejará la Superintendencia Nacional de Arrendamientos.
Martini comentó que todavía hay retrasos con los cálculos de los cánones, porque los valores de reposición de los inmuebles no han sido notificados por el Ministerio de la Vivienda.
El presidente de la organización, señaló que la construcción de viviendas nuevas por parte del sector privado sigue en descenso, pues cada vez son menos los permisos que se están tramitando. MAH
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domingo, 16 de septiembre de 2012
Sin aplicarse los aspectos clave de la Ley de Alquileres
El valor de reposición de los inmuebles no se ha publicado
EL UNIVERSAL
jueves 13 de septiembre de 2012 12:00 AM
El presidente de la Cámara Inmobiliaria de Venezuela (CIV), Aquiles Martini, señaló que los aspectos clave de la Ley de Arrendamientos Inmobiliarios, que entró en vigencia el 12 de noviembre de 2011, continúan sin aplicarse.
En un comunicado, indicó que "a 10 meses de la promulgación todavía no se puede cumplir con la ley, pues la Superintendencia Nacional de Arrendamientos no ha podido desplegarse en todo el país y tampoco ha sido posible que el Ministerio de la Vivienda y Hábitat defina el valor de reposición para el cálculo regulado del precio de la vivienda y del canon de alquiler".
Aunque propietarios e inquilinos pueden registrar los contratos en el organismo, el cálculo de la renta a cobrar bajo los parámetros de la ley aún no se puede realizar.
Martini dijo que "el mercado de alquileres se ha reducido a un mínimo a nivel nacional. La Ley ha generado una mayor burocracia, un estancamiento de trámites, y desconfianza entre inquilinos y propietarios".
Agregó que "el panorama a futuro es muy incierto porque, como consecuencia de la Ley de Arrendamiento, las familias no encuentran viviendas para alquilar. Esta ley debe ser revisada y reajustada".
En un comunicado, indicó que "a 10 meses de la promulgación todavía no se puede cumplir con la ley, pues la Superintendencia Nacional de Arrendamientos no ha podido desplegarse en todo el país y tampoco ha sido posible que el Ministerio de la Vivienda y Hábitat defina el valor de reposición para el cálculo regulado del precio de la vivienda y del canon de alquiler".
Aunque propietarios e inquilinos pueden registrar los contratos en el organismo, el cálculo de la renta a cobrar bajo los parámetros de la ley aún no se puede realizar.
Martini dijo que "el mercado de alquileres se ha reducido a un mínimo a nivel nacional. La Ley ha generado una mayor burocracia, un estancamiento de trámites, y desconfianza entre inquilinos y propietarios".
Agregó que "el panorama a futuro es muy incierto porque, como consecuencia de la Ley de Arrendamiento, las familias no encuentran viviendas para alquilar. Esta ley debe ser revisada y reajustada".
viernes, 6 de julio de 2012
Admiten demanda de nulidad contra Ley que obliga a la venta de las viviendas en edificios en arrendamiento
TSJ revisará la demanda de Apiur contra Ley de Arrendamientos
EL UNIVERSAL
domingo 1 de julio de 2012 12:00 AM
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) admitió el recurso de nulidad contra una de las disposiciones transitorias de la Ley de Regularización y Control de los Arrendamientos de Vivienda, la cual está vigente desde noviembre del pasado año.
Ese recurso fue interpuesto por el presidente de la Asociación de Propietarios de Inmuebles Urbanos (Apiur), Roberto Orta, quien demandó la nulidad de la quinta disposición transitoria de la Ley, que obliga a la venta de las viviendas que están en aquellos edificios destinados al arrendamiento.
La disposición indica que "por ser contrario al interés general de la ley, el monopolio sobre la vivienda en alquiler, por considerarse el arrendamiento de interés social, y colectivo y con fines de utilidad pública, los arrendatarios que ocupen viviendas constituidas sobre edificios que tengan 20 años o más dedicados al arrendamiento, tendrán el derecho a adquirirla. A tal efecto el propietario o arrendador tendrá un lapso no mayor de sesenta días a partir de la entrada en vigencia de la ley para efectuar la oferta de la vivienda".
Para Apiur la norma "viola uno de los elementos fundamentales del derecho de propiedad, como lo es, el derecho de disponer de los bienes" y agrega que "la garantía prevista en el artículo 115 de la Constitución Nacional, incluye la protección de la libre voluntad de cualquier ciudadano o la potestad de conservar para su patrimonio o de vender cualquier bien de su propiedad".
La Sala Constitucional señaló que se declara competente para conocer del recurso de nulidad interpuesto contra la Ley de Arrendamientos.
Ese recurso fue interpuesto por el presidente de la Asociación de Propietarios de Inmuebles Urbanos (Apiur), Roberto Orta, quien demandó la nulidad de la quinta disposición transitoria de la Ley, que obliga a la venta de las viviendas que están en aquellos edificios destinados al arrendamiento.
La disposición indica que "por ser contrario al interés general de la ley, el monopolio sobre la vivienda en alquiler, por considerarse el arrendamiento de interés social, y colectivo y con fines de utilidad pública, los arrendatarios que ocupen viviendas constituidas sobre edificios que tengan 20 años o más dedicados al arrendamiento, tendrán el derecho a adquirirla. A tal efecto el propietario o arrendador tendrá un lapso no mayor de sesenta días a partir de la entrada en vigencia de la ley para efectuar la oferta de la vivienda".
Para Apiur la norma "viola uno de los elementos fundamentales del derecho de propiedad, como lo es, el derecho de disponer de los bienes" y agrega que "la garantía prevista en el artículo 115 de la Constitución Nacional, incluye la protección de la libre voluntad de cualquier ciudadano o la potestad de conservar para su patrimonio o de vender cualquier bien de su propiedad".
La Sala Constitucional señaló que se declara competente para conocer del recurso de nulidad interpuesto contra la Ley de Arrendamientos.
martes, 29 de mayo de 2012
Crearán Dirección Nacional de Arrendamiento de Uso Comercial
Mediante peritos y tasadores de esta dirección fijarán los precios de alquileres
Actualmente la Asamblea Nacional está elaborando una Ley de Regulación y Control del Arrendamiento Inmobiliario para el Uso Comercial en donde plantean someter a regulación a locales de diferente índole, ubicados en centros comerciales, quioscos, stand, edificaciones de uso educacional, edificaciones de uso médico asistencial, galpones, estacionamientos, oficinas y otros locales comerciales.
Se plantea que los alquileres serán "Justos" y se estimarán a partir de un indicador para tal fin que creará el Banco Central de Venezuela BCV
Para la estimación de la renta se tomará en cuenta el tipo de local, su tipología constructiva. Influirá en el monto de la renta el área del inmueble y su ubicación, y "todas aquellas circunstancias que influyan en las operaciones", no se especifica a que se refiere en esta última expresión.
También se tendrá en cuenta "el valor fiscal declarado o aceptado por el propietario y el valor establecido en los actos de transmisión de la propiedad, realizados por lo menos seis meses antes de la fecha de solicitud de regulación y, los precios medios a que se hayan enajenado inmuebles similares en los últimos dos años".
Duración
No solo se regularán los cánones de arrendamiento, sino la duración de los contratos que se establece será de dos años, con lo que el canon se revisará en ese tiempo, aunque se comtempla un ajuste previo a ese lapso.
Ajustes
Los cánones se podrán ajustar antes "cuando se cambie, total o parcialmente, por parte del órgano competente, el uso para el cual fue arrendado el inmueble" o "cuando el arrendador haya realizado en el inmueble, dentro del plazo de dos años, mejoras o reparaciones mayores cuyo costo excedan del 40% del valor del inmueble".
Resolución/ Anulación
El texto añade en el artículo 47 que "los arrendatarios podrán manifestar antes de la culminación del año, su voluntad de no continuar con el contrato sin el perjuicio de tener que pagar indemnizaciones o cánones restantes".
Se apunta que "cuando se desvirtúe la relación arrendaticia por medio de otro tipo de contrato, éste se considerará nulo, debiendo prevalecer la realidad sobre las formas jurídicas y se ajustará a las formalidades contenidas en la Ley".
Registro
La propuesta contempla, así como en la Ley de Arrendamientos Inmobiliarios, la conformación del censo de contratos de alquiler de locales comerciales.
En las disposiciones transitorias se indica que "La Dirección Nacional, en el plazo de seis meses contados a partir de la entrada en vigencia de la Ley, procederá a elaborar un censo de contrato de arrendamientos sobre inmuebles urbanos y suburbanos destinados al comercio, industria, profesión y educación. El censo de contratos será permanente".
Agrega que la Dirección también tendrá un registro para llevar estadísticas de inmuebles destinados al comercio.
Tomado de El Universal
29/05/2012
Actualmente la Asamblea Nacional está elaborando una Ley de Regulación y Control del Arrendamiento Inmobiliario para el Uso Comercial en donde plantean someter a regulación a locales de diferente índole, ubicados en centros comerciales, quioscos, stand, edificaciones de uso educacional, edificaciones de uso médico asistencial, galpones, estacionamientos, oficinas y otros locales comerciales.
Se plantea que los alquileres serán "Justos" y se estimarán a partir de un indicador para tal fin que creará el Banco Central de Venezuela BCV
Para la estimación de la renta se tomará en cuenta el tipo de local, su tipología constructiva. Influirá en el monto de la renta el área del inmueble y su ubicación, y "todas aquellas circunstancias que influyan en las operaciones", no se especifica a que se refiere en esta última expresión.
También se tendrá en cuenta "el valor fiscal declarado o aceptado por el propietario y el valor establecido en los actos de transmisión de la propiedad, realizados por lo menos seis meses antes de la fecha de solicitud de regulación y, los precios medios a que se hayan enajenado inmuebles similares en los últimos dos años".
Duración
No solo se regularán los cánones de arrendamiento, sino la duración de los contratos que se establece será de dos años, con lo que el canon se revisará en ese tiempo, aunque se comtempla un ajuste previo a ese lapso.
Ajustes
Los cánones se podrán ajustar antes "cuando se cambie, total o parcialmente, por parte del órgano competente, el uso para el cual fue arrendado el inmueble" o "cuando el arrendador haya realizado en el inmueble, dentro del plazo de dos años, mejoras o reparaciones mayores cuyo costo excedan del 40% del valor del inmueble".
Resolución/ Anulación
Se apunta que "cuando se desvirtúe la relación arrendaticia por medio de otro tipo de contrato, éste se considerará nulo, debiendo prevalecer la realidad sobre las formas jurídicas y se ajustará a las formalidades contenidas en la Ley".
Registro
La propuesta contempla, así como en la Ley de Arrendamientos Inmobiliarios, la conformación del censo de contratos de alquiler de locales comerciales.
En las disposiciones transitorias se indica que "La Dirección Nacional, en el plazo de seis meses contados a partir de la entrada en vigencia de la Ley, procederá a elaborar un censo de contrato de arrendamientos sobre inmuebles urbanos y suburbanos destinados al comercio, industria, profesión y educación. El censo de contratos será permanente".
Agrega que la Dirección también tendrá un registro para llevar estadísticas de inmuebles destinados al comercio.
Tomado de El Universal
29/05/2012
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